• Demanda desahucio: desahucio express

    El desahucio express.

    La nueva normativa legal establece el siguiente procedimiento de desahucio: si se demanda solicitando el desahucio por falta de pago de rentas, acumulado o no a la pretensión de pago de las mismas, el Secretario Judicial, tras la admisión de la demanda y previo a la vista que se señale, requerirá al demandado para que en el plazo de diez días:

    1.- pague al actor,

    2.- desaloje el inmueble,

    3.- si pretende la enervación, pague la totalidad de lo debido o ponga a disposición de aquel en el tribunal o notarialmente el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las que adeude en el momento de dicho pago enervador del desahucio,

    4.- se oponga a la demanda explicando por qué no debe la cantidad reclamada, ya sea en todo o en parte.

    Si el demandado no atendiere el requerimiento de pago, es decir, si no paga lo solicitado en la demanda, o no compareciere ante el Tribunal para oponerse o allanarse en el plazo anteriormente señalado, el Secretario judicial dictará decreto dando por terminado el juicio de desahucio y dará traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución, bastando para ello con la mera solicitud.

    Con la nueva normativa se agiliza el proceso al reducirse el plazo de dos meses a uno para demandar después del requerimiento extrajudicial de pago, lo que reduce los tiempos.

    Junto a esto, y quizá una de las novedades más importantes es que en el requerimiento hecho por el Secretario Judicial al demandado se expresará el día y la hora que se hubieran señalado para que tenga lugar la eventual vista, para la que servirá de citación, y la práctica del lanzamiento, y se le apercibirá al mismo de que de no realizar ninguna de las actuaciones citadas, se procederá a su inmediato lanzamiento.

    Consecuencia de ello y novedad de esta nueva normativa es que la incomparecencia a la primera vista ya no obliga a una segunda vista, sino que ante esta incomparecencia el juez declarará el desahucio sin más trámites.

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